Reconocida la pensión de incapacidad permanente absoluta a por trastorno de movimiento funcional.

 En informe médico pericial emitido por el Dr. San Martín Mateu en fecha 2.10.23, el cuadro clínico es de trastorno de movimiento funcional con secuelas de neuropatía de nervio ciático popliteo externo izquierdo y quiste de Tarov sacro, con limitaciones funcionales que se traducen en una alteración funcional global severa con afectación grave de múltiples esferas del funcionamiento motor, especialmente se encuentra limitado para actividades manipulativas, las que exijan movilidad de los miembros superiores, bipedestación y deambulación sin ayudas y se considera incapacitante para el desarrollo de una actividad productiva durante toda una jornada laboral en condiciones mínimas de eficacia, continuidad y rendimiento. 


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